TESTIMONIO: VISTO Y CONSIDERANDO: Lo actuado por el Departamento Ejecutivo municipal en el Decreto Nº 1221 del 8 de octubre de 1996, donde se habilita a los Médicos Pediatras a partir del 2 de setiembre de 1996, para el cumplimiento de la Guardia Activa de Pediatría, de lunes a domingo durante doce (12) horas corridas, que comenzar a las 10.00 hs. y finalizar a las 22.00 hs. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 173/96 -------------------------------- ARTICULO 1.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo ----------- Municipal en el Decreto Nº 1221 del 8 de octubre de 1996.-------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------ ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los catorce días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y seis. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-----------